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Se ha publicado la Orden del 28 de abril de 2025 por la que se regula el Fondo Solidario, Ayudas Libros de Texto y Material Escolar, para el curso escolar 2025/2026 (DOG. Núm. 92 del jueves 15 de mayo de 2025).

 

Beneficiarios:

  • Fondo de libros: alumnado de 3º a 6º de Primaria y 1º a 4º de ESO.
  • Ayudas para la adquisición de libros de texto: alumnado de 1º y 2º de Primaria.
  • Material escolar: Primaria, ESO y Educación Especial.

 

Requisitos:

  1. Tener una renta pre cápita familiar inferior a igual o inferior a 10.000€. Cuando no se presentara, se tendrán en cuenta los ingresos de acuerdo con los datos tributarios facilitados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (certificado de imputaciones).
  2. Tener devueltos los libros de texto (en perfecto estado) adquiridos con las ayudas del curso 2024/2025, antes del día 20 de junio de 2025 (se les informará del procedimiento de devolución), la falta de devolución de los libros de texto será causa de exclusión en el fondo solidario de libros.
  3. Los interesados pueden presentar las solicitudes por vía electrónica en el formulario normalizado (ANEXO I y ANEXO II) a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en el propio Centro (Presentarán una solicitud única para todos/as los hijos/as)

 

Miembros computables de la unidad familias:

  • Progenitores no separados legalmente ni divorciados o, de ser el caso, tutores del alumnado.
  • Hijos/as menores de edad con excepción de los emancipados/as, tienen la misma consideración de hijos/as las personas en situación de tutela o acogimiento familiar o preadoptivo legalmente constituido.
  • Hijos/as mayores de edad discapacitados o incapacitados judicialmente sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • Hijos/as solteros/as menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar.
  • Las personas progenitoras separadas legalmente o divorciadas, cuando haya custodia compartida forman una unidad familiar con los hijos que tienen en común.
  • La persona unida por nuevo matrimonio o por unión de hecho a la persona progenitora del/de la alumno/a, excepto en los casos de custodia compartida.

 

Cuando no exista vínculo matrimonial, la unidad familiar se entenderá por los progenitores y todos los descendientes que convivan con ellos y que reúnan los requisitos del punto anterior

 

No tendrá consideración de miembro computable:

  • La persona progenitora que no conviva con el alumnado en los casos de separación legal o divorcio, excepto en caso de custodia compartida.
  • El/la agresor/a en casos de violencia de género.

 

En todo caso, se tendrá en cuenta la situación personal y la composición de la unidad familiar referida a la fecha de fin del plazo para presentar solicitudes, excepto los datos económicos que serán los del ejercicio fiscal de 2023.

 

Renta:

 

Renta per cápita de la unidad familiar: Es el resultado de dividir la renta de la unidad familiar del 2023 entre el número de miembros computables, teniendo en cuenta que computarán por dos los miembros que acrediten una discapacidad igual o superior al 33% o la percepción de una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente en los grados de total, absoluta y gran invalidad, o equivalente a las clases pasivas.

 

La renta de la unidad familiar: es el resultado de sumar las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza (casillas 435+460 de la declaración renta 2023 y dividimos por el número de miembros computables).

 

Renta per cápita máxima para recibir ayuda: igual o inferior a 10.000€, quién no haya hecho la declaración del 2023 por no estar obligado, tiene que presentar un certificado tributario de imputaciones (se solicita en la agencia tributaria)

 

Documentación requerida:

  • ANEXO I y ANEXO II cubiertos y firmados.
    Pueden recoger los anexos presencialmente en el Centro o descargarlos en el este enlace .
    Para la presentación electrónica de solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluyendo el sistema de usuario y clave Chave365.
  • Fotocopia del libro de familia o documento equivalente, donde figure el/la alumno/a y los demás miembros computables de la unidad familiar.
  • En caso de separación o divorcio, además deberán presentar la sentencia judicial y/o convenio regulador donde conste la atribución de la custodia del/la menor.
  • Certificado de discapacidad del/del alumno/a o cualquier miembro de la familia no expedido por la Administración autonómica.
  • Documentación justificativa de situación de violencia de género en el ámbito familiar.
  • Resolución judicial de incapacitación de la patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • Resolución administrativa o judicial acreditativa de la situación de acogida para el alumnado tutelado.

 

La presentación de la solicitud, implicará que acepta las bases de la convocatoria, que cumple con los requisitos exigidos en ella y que son ciertos los datos indicados en la solicitud. Asimismo, se compromete a conservar en buen estado y a devolver, al finalizar el curso, los libros de texto recibidos del Fondo Solidario

 

Plazos:

  • El plazo de presentación de solicitudes será desde el 16 de mayo al 20 de junio de 2025 (este incluido).
  • Último día para publicar listados provisionales: 14 de julio de 2025 (en el momento que salgan los listados, podrán reclamar dentro de los dos días siguientes a la publicación)
  • Último día para publicar listados definitivos: 28 de julio de 2025

 

Para cualquier aclaración consultar el DOG nº 92 del jueves 15 de mayo de 2025, o bien en el propio Centro (Secretaria Técnica).

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